Impuesto de no residentes · Mod. 210

Impuesto de no residentes en España:
presenta tu Modelo 210.

Obligatorio cada año, aunque tu vivienda esté vacía.

Si tienes una vivienda en España pero no vives aquí, el Modelo 210 es una obligación legal. Nos encargamos de toda la presentación por un precio cerrado: un especialista revisa cada caso antes de presentarlo.

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€70Precio cerrado, todo incluido
19% / 24%Tipo UE / resto del mundo
1Un especialista para ti

Importante: el impuesto de no residentes es obligatorio aunque no alquiles la vivienda. No presentarlo puede suponer sanciones y complicaciones cuando la vendas.

Qué es

Qué es el Modelo 210
y quién debe presentarlo

El Modelo 210 es la declaración del Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Si tienes una vivienda en España pero no eres residente fiscal aquí, estás obligado a presentarlo cada año, genere o no ingresos por alquiler.

El impuesto se calcula sobre el valor catastral de la vivienda, que fija la Administración y aparece en tu recibo del IBI. El importe exacto depende de tu residencia y de cuándo se revisó el valor catastral.

¿Quién debe presentar el Modelo 210?

Tienes una vivienda en España, pero tu residencia habitual está en otro país

Pasas menos de 183 días al año en España

Tu vivienda está vacía, no la alquilas

Tu vivienda está alquilada, por temporadas o de larga duración

Cómo se calcula

¿Renta imputada o rendimientos del alquiler?
Dos formas en que España grava tu vivienda.

Todos los propietarios no residentes presentan el Modelo 210. Lo que cambia es la renta que declaras. Si la vivienda es para uso propio o está vacía, se tributa por una renta imputada. Si la alquilas, se tributa por el alquiler.

Uso propio o vacía

Renta imputada

Valor catastral × 1,1 % o 2 %, prorrateado por los días que fuiste propietario y por tu porcentaje de propiedad.

  • 1,1 % si los valores catastrales de tu municipio se revisaron en un procedimiento de valoración colectiva general que entró en vigor a partir de 2012 (regla para los ejercicios 2023 a 2025).
  • 2 % en el resto de casos.
  • No se puede deducir ningún gasto.
  • Cada copropietario presenta su propio Modelo 210.
Alquilada

Rendimientos del alquiler

Se tributa por el alquiler que cobras, tanto en alquiler vacacional como de larga duración.

  • Los residentes en la UE y el EEE pueden deducir gastos: IBI, comunidad, seguro, reparaciones, intereses de la hipoteca, suministros que pagues y amortización.
  • Los residentes en cualquier otro país, incluidos el Reino Unido y Suiza, tributan por el alquiler íntegro, sin deducciones.
  • Por los días en que la vivienda no está alquilada se sigue declarando renta imputada.
El convenio de doble imposición de tu país puede permitirte deducir el impuesto español del que pagas allí.
Dónde vivesRenta imputada y alquilerGanancia en una venta
Países de la UE, Islandia, Noruega, Liechtenstein19%19%
Reino Unido, Suiza, EE. UU. y resto del mundo24%19%

Calculadora

Calcula tu
impuesto de no residentes

Introduce los datos de tu vivienda para estimar el impuesto de un año completo de uso propio con el 100 % de la propiedad. ¿No sabes la fecha de revisión? Elige 2 % y lo comprobamos por ti.

Importante: esta estimación es orientativa. Un especialista revisará tu caso completo y te pedirá toda la documentación que exige Hacienda para una presentación correcta, porque presentarlo por tu cuenta sin asesoramiento puede llevar a errores y sanciones.

Presentar mi Modelo 210 por 70 € + IVA

Plazos 2026

Cuándo se presenta el Modelo 210:
los plazos han cambiado.

Los rendimientos del alquiler se declaran ya una vez al año y, desde el ejercicio 2026, tanto la renta imputada como el alquiler se presentan a partir de abril del año siguiente.

Si pagas por domiciliación, el plazo termina antes: el 23 de diciembre para la renta imputada y el día 15 del mes para los alquileres.
Qué declarasEjercicio 2025Ejercicio 2026 en adelante
Renta imputada (uso propio o vacía)Durante 2026, hasta el 31 de diciembre de 2026Del 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente (desde el 1 de abril de 2027)
Alquiler, una declaración anual1–20 de enero de 20261–20 de abril del año siguiente (desde abril de 2027)
Alquiler, una declaración por cada rentaTrimestral: primeros 20 días de abril, julio, octubre y eneroTrimestral hasta septiembre de 2026; desde octubre de 2026, del 1 al 20 de abril del año siguiente
Ganancia en una ventaEn los 3 meses siguientes al primer mes desde la venta (meses 2 a 4)
Ejemplo 1 · Segunda residencia

Una pareja que vive en Alemania

Tienen un apartamento en Benidorm al 50 %, con un valor catastral de 80.000 € revisado después de 2012. En 2025 solo lo usaron en vacaciones.

  • Renta imputada por propietario: 80.000 € × 1,1 % × 50 % = 440 €
  • Impuesto por propietario al 19 %: 83,60 €
  • Cada propietario presenta un Modelo 210 antes del 31 de diciembre de 2026.
Ejemplo 2 · Alquiler vacacional

Un propietario que vive en el Reino Unido

El mismo apartamento, un solo propietario, alquilado a turistas 90 días en 2025 por 9.000 € y vacío el resto del año.

  • Alquiler: 9.000 € × 24 % = 2.160 € (los residentes en el Reino Unido no pueden deducir gastos)
  • Renta imputada por los 275 días sin alquilar: 80.000 € × 1,1 % × 275/365 = 663 € × 24 % = 159,12 €
  • Total de 2025: 2.319,12 €. Si viviera en Francia, podría deducir gastos y pagaría el 19 %.

Cómo lo presentamos

Nos ocupamos de tu Modelo 210
de principio a fin.

No necesitas certificado digital ni conocer la normativa fiscal española. Tu especialista se encarga de todo.

01

Te pedimos la documentación

Te escribimos para pedirte toda la documentación que exige Hacienda para una presentación correcta y completa.

02

Calculamos tu impuesto exacto

Calculamos el importe exacto y te lo enviamos para que lo apruebes antes de presentar nada.

03

Lo apruebas y lo presentamos

Presentamos el Modelo 210 en la AEAT dentro de plazo y te enviamos el justificante oficial.

04

Recibes la confirmación

Guarda bien el justificante oficial: puedes necesitarlo si vendes la vivienda en España.

Venta de la vivienda

Vender una vivienda en España
siendo no residente

Cuando vende un no residente, el comprador retiene el 3 % del precio y lo ingresa en Hacienda. Después presentas el Modelo 210 para declarar la ganancia y, si el 3 % supera tu impuesto, pides la devolución de la diferencia.

Retención del 3 % en la notaría. El comprador la ingresa en Hacienda en el plazo de un mes con el Modelo 211.

19 % sobre la ganancia, vivas donde vivas. La ganancia es el precio de venta menos lo que pagaste, teniendo en cuenta los gastos e impuestos de ambas operaciones.

Modelo 210 entre los meses 2 y 4 tras la venta. El plazo se abre un mes después de la venta y dura tres meses. Hay que presentarlo aunque haya pérdidas.

La plusvalía municipal va aparte. El impuesto local sobre el incremento de valor del suelo se paga al ayuntamiento.

Revisa antes tus declaraciones anteriores. Hacienda puede reclamar los Modelos 210 no presentados de los últimos 4 años, con recargos. Los revisamos antes de que vendas.


70 € + IVA · Precio cerrado · Una vivienda

¿Presentamos tu Modelo 210?

Un especialista revisa tu caso y se ocupa de toda la presentación. Precio cerrado, sin sorpresas.


Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el
impuesto de no residentes

Toda persona que tenga una vivienda en España y no sea residente fiscal aquí debe presentar el Modelo 210 cada año, aunque no la alquile y no le genere ingresos.
Para una vivienda de uso propio o vacía, la declaración de 2025 se presenta hasta el 31 de diciembre de 2026. Desde el ejercicio 2026, el plazo va del 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente. Los alquileres se declaran una vez al año: del 1 al 20 de enero de 2026 para 2025, y del 1 al 20 de abril del año siguiente desde el ejercicio 2026. Nos aseguramos de que nunca se te pase un plazo.
Hacienda puede imponer sanciones y recargos, y la deuda pendiente genera intereses de demora. Además, puede causar retrasos y complicaciones cuando vendas tu vivienda en España.
Los residentes en la UE, Islandia, Noruega y Liechtenstein pagan el 19 % sobre la renta imputada y el alquiler. Los residentes en el Reino Unido, Suiza, EE. UU. y cualquier otro país pagan el 24 %. Las ganancias por venta tributan al 19 % para todos. Tu especialista confirma el importe exacto antes de presentar nada.
Sí. España grava a los propietarios no residentes por una renta imputada del 1,1 % o el 2 % del valor catastral, aunque la vivienda esté vacía o solo la uses tú y tu familia. La única excepción es que seas residente fiscal en España.
Solo si vives en la UE o en el EEE (Islandia, Noruega, Liechtenstein). En ese caso puedes deducir IBI, comunidad, seguro, reparaciones, intereses de la hipoteca, suministros que pagues y amortización, y pagas el 19 % sobre el rendimiento neto. Los residentes en cualquier otro país pagan el 24 % sobre el alquiler íntegro.
Uno cada uno. Cada propietario declara su parte de la renta con su propio NIE. Una pareja con el 50 % cada uno presenta dos declaraciones al año.
Los residentes en el Reino Unido pagan el 24 % sobre la renta imputada y el alquiler y no pueden deducir gastos del alquiler. El 19 % sobre la ganancia cuando vendes es igual para todos.
El comprador retiene el 3 % del precio (Modelo 211). Presentas el Modelo 210 en los tres meses siguientes al primer mes desde la venta, pagas el 19 % sobre la ganancia y pides la devolución de lo retenido de más.
En general eres residente fiscal en España si pasas más de 183 días aquí en un año natural, si aquí está el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos o, salvo prueba en contrario, si aquí viven tu cónyuge y tus hijos menores. Los residentes presentan la declaración de la renta. Mira nuestro servicio de declaración de la renta.

Última revisión: octubre de 2026, por el equipo de Easy2Spain. Fuentes: Agencia Tributaria, plazos del Modelo 210, renta imputada y rendimientos del alquiler. Esta página es información general, no asesoramiento para tu caso concreto.

Más información: los plazos del Modelo 210 en 2026 · ¿soy residente fiscal en España?


Que el plazo no
te pille por sorpresa.

Presentamos el Modelo 210 para propietarios de toda España. Precio cerrado, un especialista para ti y siempre a tiempo.