Ley Beckham en España:
tributa al 24 %.
Un tipo fijo en lugar del IRPF progresivo, durante hasta 6 años.
La Ley Beckham es un régimen fiscal especial que permite a determinadas personas que se trasladan a España tributar a un tipo fijo del 24 % sobre sus rendimientos en lugar de la escala progresiva del IRPF. Un especialista revisa gratis si puedes acogerte.
Qué es la Ley Beckham
y cómo funciona
La Ley Beckham, oficialmente el régimen especial de trabajadores desplazados, se introdujo en España en 2004 para atraer talento internacional y se ha reformado de forma importante en los últimos años.
Con este régimen, quienes se trasladan a España y cumplen los requisitos tributan a un tipo fijo del 24 % hasta 600.000 € al año, en lugar de la escala progresiva del IRPF, que puede llegar al 47 %.
El régimen se aplica el año de llegada y los 5 siguientes: hasta 6 ejercicios en total. Es opcional: hay que solicitarlo en los 6 meses siguientes al alta en la Seguridad Social.
¿Puedo acogerme a
la Ley Beckham en España?
Los requisitos son concretos y deben cumplirse todos. ¿Tienes dudas? Revisamos tu caso gratis.
No has sido residente fiscal en España en los 5 años anteriores: no puedes haber vivido en España el tiempo suficiente para ser residente fiscal en ninguno de los 5 años previos a tu traslado.
Te trasladas a España por un motivo válido: un contrato de trabajo con una empresa española, un desplazamiento ordenado por una empresa de otro país, ser administrador de una sociedad española o teletrabajar para una empresa no española con el visado de nómada digital. Los autónomos solo pueden acogerse como emprendedores con informe favorable de ENISA o como profesionales altamente cualificados que trabajan para empresas emergentes.
Lo solicitas dentro de plazo: debes presentar la solicitud (Modelo 149) en los 6 meses siguientes a tu alta en la Seguridad Social. Si se pasa el plazo, pierdes el derecho al régimen.
Tus ingresos no están exentos por otro régimen: algunos tipos de ingresos y situaciones concretas pueden impedir el acceso. Tu especialista te confirma si te afecta alguna excepción.
De la revisión de requisitos
al régimen aprobado, todo a distancia.
La solicitud de la Ley Beckham exige una preparación cuidadosa y tiene un plazo estricto. Un error, o que se pase el plazo, supone perder el régimen por completo. Tu especialista se ocupa de cada paso.
220 € + IVA · Precio cerrado
Revisamos gratis si cumples los requisitos. Si es así, preparamos y presentamos tu solicitud (Modelo 149) por un precio cerrado de 220 € + IVA.
Revisión gratuita de requisitos
Revisamos tu situación (historial de residencia, motivo del traslado, tipo de empleo) y te confirmamos si puedes acogerte al régimen.
Te pedimos la documentación
Tu especialista te pide exactamente lo que exige Hacienda: contrato de trabajo, fecha de alta en la Seguridad Social, NIE y documentos de residencia.
Preparamos y presentamos el Modelo 149
Preparamos y presentamos tu solicitud en la AEAT antes de que acabe el plazo de 6 meses. La precisión importa: revisamos cada detalle.
Régimen confirmado
Una vez aprobado, presentas tu declaración anual con el Modelo 151, el modelo específico para contribuyentes del régimen. También nos ocupamos de ella.
Lo que pagas con
la Ley Beckham en 2026
El régimen no solo baja el tipo. También cambia qué ingresos grava España, así que compensa en unos perfiles y en otros no.
| Ley Beckham | Residente fiscal normal | |
|---|---|---|
| Rendimientos del trabajo | 24 % hasta 600.000 € al año, 47 % por encima | Escala progresiva que varía según la comunidad |
| Ingresos obtenidos fuera de España (distintos del sueldo) | En general, no tributan en España | Tributan en España (renta mundial) |
| Impuesto sobre el Patrimonio | Solo por los bienes situados en España | Por el patrimonio mundial, por encima de los mínimos |
| Declaración de bienes fuera de España (Modelo 720) | En general, no es obligatoria | Obligatoria por encima de 50.000 € por categoría |
| Declaración anual | Modelo 151 | Modelo 100 |
Sueldos altos e ingresos fuera de España
Si tienes un sueldo alto, o mantienes inversiones, alquileres u otros ingresos fuera de España, el tipo fijo y el alcance limitado suelen suponer un gran ahorro.
Sueldos modestos
Con un sueldo modesto, la escala normal con los mínimos personales y las deducciones autonómicas puede salir más barata. Hacemos los dos cálculos antes de que decidas.
¿Puede acogerse
también tu familia?
Desde 2023, el régimen puede extenderse a los familiares que se trasladan a España contigo, si cada uno cumple los requisitos.
Quién puede acogerse
Tu cónyuge, tus hijos menores de 25 años (o de cualquier edad si tienen una discapacidad) y, si no estáis casados, el otro progenitor de esos hijos.
Requisitos
Deben trasladarse a España contigo o más tarde dentro de tu primer año en el régimen, no haber sido residentes fiscales en España en los 5 años anteriores, y la suma de sus bases liquidables debe ser inferior a la tuya.
Cómo lo solicitan
Cada familiar presenta su propio Modelo 149, después del tuyo. Preparamos todas las solicitudes a la vez para que no se pase ningún plazo.
Última revisión: octubre de 2026, equipo de Easy2Spain. Fuentes: Agencia Tributaria · Régimen especial de trabajadores desplazados, BOE · Ley 28/2022 (Ley de Startups). Esta página es información general, no asesoramiento para tu caso concreto.
¿Crees que puedes acogerte a la Ley Beckham?
Escríbenos: tu especialista revisa gratis si cumples los requisitos y, si es así, se ocupa de toda la solicitud. Que no se te pase el plazo de 6 meses.
Preguntas frecuentes sobre
la Ley Beckham
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Revisión gratuita: tu especialista confirma si cumples los requisitos y se ocupa de toda la solicitud antes de que acabe el plazo de 6 meses.