Trabajo por cuenta propia · España

Hazte autónomo en España
y cumple con todo.

Del alta a la contabilidad mensual: un solo equipo y un precio cerrado.

Tramitamos tu alta de autónomo en España y después llevamos tus declaraciones trimestrales cada mes. Un especialista asignado solo a ti, todo a distancia, precios cerrados y sin sorpresas.

Desliza
24 hPlazo del alta
€99Tarifa del alta + IVA
€59.90Contabilidad mensual desde
1Un especialista para ti
Paso 1
Alta de autónomo

Empieza a trabajar legalmente
en España en menos de 24 horas.

Ser autónomo es la forma de trabajar por cuenta propia en España. Tramitamos el alta completa en Hacienda (AEAT) y en la Seguridad Social (RETA): el epígrafe correcto y el régimen de IVA adecuado, bien hecho desde el primer día.

Qué incluye el alta

Alta en Hacienda (Modelo 036)

El epígrafe, el régimen de IVA y la retención adecuados para tu actividad.

Alta en la Seguridad Social (RETA)

Con la base de cotización más baja posible y todas las reducciones disponibles.

Acompañamiento después del alta

Te explicamos tus obligaciones, cómo facturar y los siguientes pasos, con claridad.

99 € + IVA pago único

Precio cerrado. Todo incluido. Sin sorpresas.

Ventajas de ser autónomo en España

01

Puedes facturar legalmente en España

Emite facturas legales a clientes en España y en otros países. Sin alta no se puede facturar.

02

Cobertura de la Seguridad Social

Acceso a la sanidad pública y a las prestaciones de la Seguridad Social desde el primer día de alta.

03

Cuotas reducidas a la Seguridad Social

Los nuevos autónomos pagan una cuota reducida durante el primer año, ampliable a un segundo: aplicamos todas las reducciones disponibles.

04

Gastos deducibles

Como autónomo puedes deducir los gastos de tu actividad (equipos, software, servicios profesionales) y pagar menos impuestos.

Cómo tramitamos tu alta en menos de 24 horas

01

Cuéntanos tu actividad

A qué te dedicas, quiénes son tus clientes y dónde están. Elegimos los epígrafes correctos por ti.

02

Te pedimos los documentos

Te escribimos para pedirte exactamente lo que exige Hacienda, nada más.

03

Presentamos el alta en Hacienda y la Seguridad Social

Tramitamos las dos altas a la vez, en menos de 24 horas desde que recibimos tus documentos.

04

Ya puedes facturar

Recibes la confirmación oficial y un resumen claro de tus obligaciones a partir de ahora.

Antes del alta

Qué necesitas para hacerte
autónomo en España

Con esto, tramitamos tu alta en menos de 24 horas. Si falta algo, te decimos exactamente cómo conseguirlo.

Te das de alta dos veces: en Hacienda, con la declaración censal (Modelo 036), y en la Seguridad Social, en el régimen de autónomos (RETA). Las dos antes de empezar a trabajar. La Seguridad Social admite el alta hasta 60 días antes y, como tarde, el mismo día en que empiezas.

NIE o TIE. Tu número de identificación en España. Si eres ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, usas el certificado de registro de ciudadano de la UE, donde figura tu NIE.

Permiso para trabajar por cuenta propia. Automático para ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza. El resto de nacionalidades necesita una autorización de residencia que permita trabajar por cuenta propia o el visado de teletrabajo internacional (nómada digital).

Número de la Seguridad Social. Si nunca has trabajado en España, hay que solicitarlo antes. Te explicamos cómo.

Una breve descripción de lo que haces. Tu actividad y dónde están tus clientes (España, la UE o el resto del mundo) determinan tu epígrafe del IAE, tu régimen de IVA y si se te retiene IRPF en las facturas.

Una cuenta bancaria para domiciliar la cuota. La Seguridad Social cobra tu cuota mensual por domiciliación a final de cada mes.

Certificado digital o Cl@ve (recomendado). No lo necesitamos para darte de alta, pero los autónomos están obligados a recibir las notificaciones de la Seguridad Social por vía electrónica, así que te conviene tenerlo. Podemos conseguírtelo.

Seguridad Social 2026

¿Cuánto cuesta ser
autónomo en España en 2026?

Tu cuota mensual a la Seguridad Social (la cuota de autónomo) depende de tus rendimientos netos previstos. Hay 15 tramos. La tabla de 2025 se ha prorrogado a 2026, así que los importes son prácticamente los del año pasado: de unos 200 € a 590 € al mes, u 80 € al mes en tu primer año.

Cuota mínima mensual aproximada por tramo en 2026. Puedes elegir una base de cotización más alta dentro de tu tramo. Importes redondeados.
Rendimientos netos mensualesCuota mensual
Hasta 670 €€200
€670 – €900€220
€900 – €1,166.70€260
€1,166.70 – €1,300€280
€1,300 – €1,500€294
€1,500 – €1,700€294
€1,700 – €1,850€350
€1,850 – €2,030€370
€2,030 – €2,330€390
€2,330 – €2,760€415
€2,760 – €3,190€440
€3,190 – €3,620€465
€3,620 – €4,050€490
€4,050 – €6,000€530
Más de 6.000 €€590

80 €/mes

La tarifa plana para nuevos autónomos

Pagas 80 € al mes durante tus primeros 12 meses si no has estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaste antes de la tarifa plana). Si tus rendimientos netos no superan el salario mínimo (SMI), puedes prorrogarla otros 12 meses.

Cómo se calcula tu tramo

Los rendimientos netos son tus ingresos menos los gastos deducibles, menos una deducción general del 7 % (3 % para autónomos societarios). Al darte de alta declaras una previsión y puedes cambiar de tramo hasta 6 veces al año. Cuando se presenta tu declaración de la renta, la Seguridad Social compara la previsión con tus rendimientos reales y te cobra o te devuelve la diferencia.

Ejemplo

Anna es diseñadora UX y prevé ganar 1.800 € netos al mes en su segundo año. Su tramo es el de 1.700–1.850 €, así que paga unos 350 € al mes. En su primer año pagó la tarifa plana de 80 €.

Y después

Una vez de alta,
te mantenemos al día cada mes.

Como autónomo en España tienes obligaciones trimestrales. Si te retrasas, aunque sea un día, se aplican recargos automáticos. Nuestro servicio de contabilidad mensual se ocupa de todo para que no tengas que preocuparte.

Paso 2: contabilidad mensual →
Paso 2
Contabilidad mensual

Tus declaraciones trimestrales, resueltas.
Cada mes. Cada año.

Tú te centras en tu trabajo. Al final de cada trimestre nos envías tus facturas. Nosotros hacemos el resto (declaraciones, cálculos y justificantes) antes de cada plazo.

Qué presentamos cada trimestre

Modelo 130: pago fraccionado del IRPF

Pago a cuenta del IRPF

Trimestral

Modelo 303: IVA trimestral

IVA repercutido menos IVA soportado

Trimestral

Modelo 349: operaciones intracomunitarias

Si facturas a clientes de la UE: incluido

Trimestral

Modelos 347 y 390

Declaraciones informativas y resumen anual de IVA

Anual

Elige tu plan

Plan Base

59,90 € + IVA/mes

Todos los modelos trimestrales y anuales
Contabilidad y gestión de facturas
4 consultas al año
Un especialista para ti
Empezar
EL MÁS ELEGIDO

Plan Premium

67 € + IVA/mes

Todo lo del Plan Base
Declaración de la renta (Mod. 100) incluida
Atención prioritaria
Revisión fiscal anual
Permanencia mínima de 8 meses
Empezar
Impuestos y plazos

Los impuestos que paga un autónomo
en España y cuándo.

Cuatro modelos cubren a casi todos los autónomos. Todos están incluidos en nuestro servicio de contabilidad mensual.

Trimestral

Modelo 303 · IVA

Añades un 21 % de IVA a la mayoría de facturas (10 % o 4 % en algunas actividades) y pagas a Hacienda la diferencia entre el IVA que cobras y el de tus gastos. Los servicios a empresas de otros países de la UE suelen facturarse sin IVA español (inversión del sujeto pasivo) y se declaran en el Modelo 349. Los servicios a clientes de fuera de la UE, en general, no llevan IVA español.

Trimestral

Modelo 130 · Pago fraccionado del IRPF

Un pago a cuenta del 20 % del beneficio neto acumulado en el año, menos lo pagado en trimestres anteriores. No lo presentas si al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior ya tuvieron retención de IRPF en tus facturas.

En cada factura

Retención de IRPF

Los profesionales que facturan a empresas o autónomos españoles aplican una retención del 15 % en la factura, o del 7 % el año del alta y los dos siguientes. El cliente la ingresa en Hacienda por ti y cuenta como pago a cuenta de tu renta.

Una vez al año

Modelo 100 · Declaración de la renta

Se presenta entre abril y el 30 de junio. Se descuentan tus pagos trimestrales y retenciones, así que pagas la diferencia o te devuelven. Mira nuestro servicio de declaración de la renta.

El Modelo 349 solo se presenta si facturas a empresas de otros países de la UE. Si el último día cae en fin de semana o festivo, se pasa al siguiente día hábil. Con domiciliación bancaria el plazo termina unos días antes.
PeriodoPlazo de presentaciónModelos
1T · ene–mar1–20 de abril303, 130, 349
2T · abr–jun1–20 de julio303, 130, 349
3T · jul–sep1–20 de octubre303, 130, 349
4T · oct–dic1–30 de enero303, 130, 349 + 390 (resumen anual de IVA)
Anual · año anteriorAbril – 30 de junioModelo 100

Llega en 2027: VERI*FACTU

Las nuevas normas de facturación se aplican a los autónomos desde el 1 de julio de 2027 (a las sociedades, desde el 1 de enero de 2027). Tu programa de facturación tendrá que registrar cada factura de forma inalterable y, en la modalidad VERI*FACTU, enviarla a Hacienda. Nuestros clientes estarán preparados a tiempo.

El Modelo 037 ya no existe

Desde 2025, todos los autónomos se dan de alta y comunican cambios con el Modelo 036. Si una guía todavía te habla del 037 simplificado, está desactualizada.

Última revisión: octubre de 2026, por el equipo de Easy2Spain. Fuentes: Seguridad Social (cuotas del RETA y tarifa plana), Agencia Tributaria (Modelos 036, 303, 130, 349, 390, 100 y VERI*FACTU) y el Boletín Oficial del Estado. Esta página es información general, no asesoramiento para tu caso concreto.

Más información: la residencia fiscal en España y la regla de los 183 días


Preguntas frecuentes

Preguntas habituales

Tramitamos el alta en menos de 24 horas desde que recibimos tus documentos. Tienes que darte de alta antes de empezar a trabajar: hacerlo tarde puede suponer sanciones de la Seguridad Social.
Sí. Los ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza pueden darse de alta directamente con su NIE. El resto de nacionalidades necesita una autorización de residencia que permita trabajar por cuenta propia o el visado de teletrabajo internacional (nómada digital). Cuéntanos tu caso y te confirmamos qué se aplica.
La mayoría de autónomos presenta el Modelo 130 (IRPF trimestral), el Modelo 303 (IVA trimestral) y el Modelo 349 si factura a clientes de la UE. Todo esto está incluido en el servicio de contabilidad mensual.
Por supuesto, y es lo que hacen la mayoría de nuestros clientes. Primero tramitamos el alta y después llevamos tu contabilidad desde el primer trimestre. Un solo equipo, un solo interlocutor y todo resuelto.
Para el alta no: la tramitamos con nuestras propias credenciales. Aun así, te recomendamos sacarlo después, porque lo necesitarás para relacionarte por tu cuenta con la Administración.
Es una cuota reducida a la Seguridad Social de 80 € al mes durante tus primeros 12 meses como autónomo. Tienes derecho si no has estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores (3 años si ya la disfrutaste antes). Si tus rendimientos netos no superan el salario mínimo, puedes prorrogarla otros 12 meses.
Entre unos 200 € y 590 € al mes de Seguridad Social, según tus rendimientos netos, u 80 € al mes durante el primer año con la tarifa plana. A eso se suman el IVA y el IRPF de lo que ganes. Consulta la tabla completa de 2026 más arriba.
Sí. Se llama pluriactividad. Mantienes tu empleo y te das de alta como autónomo para tu actividad. Pagas las dos cotizaciones y, si juntas superan el límite legal anual, la Seguridad Social te devuelve parte del exceso.
Normalmente no, si son servicios a empresas. Los servicios a una empresa de otro país de la UE se facturan sin IVA español (inversión del sujeto pasivo) y se declaran en el Modelo 349, siempre que el cliente tenga un NIF-IVA europeo válido. Los servicios a empresas de fuera de la UE, en general, no llevan IVA español. Las ventas a particulares siguen otras reglas, así que revisamos tu caso.
Antes de empezar a trabajar. Primero presentas el Modelo 036 en Hacienda y después te das de alta en la Seguridad Social, que admite el alta hasta 60 días antes y, como tarde, el día en que empiezas. Darte de alta tarde supone pagar los meses atrasados más recargos.
En general, no como autónomo corriente. Desde 2023 el régimen está abierto a quienes se trasladan a España para desarrollar una actividad emprendedora innovadora con informe favorable de ENISA y a profesionales altamente cualificados que trabajan para empresas emergentes. Comprueba si puedes acogerte a la Ley Beckham.

Date de alta hoy.
Cumple con todo siempre.

Tramitamos tu alta de autónomo y llevamos tu contabilidad cada mes: un solo equipo, un precio cerrado y cero estrés.