Modelo 720:
bienes fuera de España, bien declarados.
Primero revisamos tu caso. Gratis.
Si eres residente fiscal en España y tienes bienes fuera por encima de ciertos umbrales, el Modelo 720 puede ser obligatorio. Un especialista revisa primero tu situación y, si hace falta, se ocupa de toda la declaración.
Importante: el Modelo 720 ha tenido históricamente sanciones muy graves por incumplimiento. Aunque se redujeron tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 2022, la obligación de presentarlo sigue vigente, y presentarlo tarde o mal puede suponer multas importantes.
Qué es el Modelo 720
y quién debe presentarlo
El Modelo 720 es la declaración informativa de bienes y derechos situados fuera de España. Obliga a los residentes fiscales en España a informar de lo que tienen fuera (cuentas bancarias, inversiones, inmuebles y seguros de vida) cuando supera ciertos umbrales.
Es una declaración informativa: no genera un pago directo de impuestos. Pero no presentarla, o presentarla mal, puede tener consecuencias serias. Los detalles importan, y hacerlo bien requiere asesoramiento profesional.
¿No sabes si tienes que presentarla? Escríbenos: tu especialista revisa gratis tu situación antes de recomendarte nada.
¿Tengo que presentar
el Modelo 720?
La obligación existe si se cumple todo lo siguiente. ¿Tienes dudas? Revisamos tu caso gratis.
Eres residente fiscal en España: pasaste más de 183 días en España durante el año o aquí está el centro de tus intereses económicos.
Tienes bienes fuera de España: cuentas bancarias, inversiones, inmuebles o seguros de vida fuera de España.
El valor supera los 50.000 €: el umbral general es de 50.000 € de valor conjunto por categoría. Cada categoría se valora por separado.
No has declarado antes esos bienes, o su valor ha aumentado en más de 20.000 € desde tu última declaración.
Tu especialista
se ocupa de todo.
El Modelo 720 exige revisar cada categoría de bienes, valorarlos correctamente y presentarlo con precisión. Un error, aunque sea involuntario, puede tener consecuencias. Nos aseguramos de que se haga bien.
Precio a consultar
El precio depende del número y la complejidad de los bienes que haya que declarar. Revisamos tu caso gratis y te damos un precio cerrado antes de empezar.
Revisión gratuita de tu situación
Revisamos tus bienes, tu residencia y tus declaraciones anteriores para confirmar si tienes obligación de presentarlo, antes de recomendarte nada.
Te pedimos la documentación
Tu especialista te escribe para pedirte toda la información y los documentos necesarios: extractos, valoraciones de inmuebles e informes de inversiones.
Preparamos y presentamos la declaración
Preparamos el Modelo 720 con la valoración correcta de cada categoría y lo presentamos en la AEAT antes del 31 de marzo.
Recibes la confirmación
Te enviamos el justificante oficial y te decimos si tendrás que volver a presentarlo el año que viene según cambie el valor de tus bienes.
Umbrales, plazos
y cuándo volver a presentarlo
El Modelo 720 se presenta por categorías, y los criptoactivos tienen su propia declaración, el Modelo 721. Estos son los umbrales de cada uno.
| Categoría | Qué incluye | Lo presentas si |
|---|---|---|
| Cuentas bancarias | Cuentas corrientes, de ahorro y depósitos en bancos fuera de España | El saldo conjunto supera 50.000 € a 31 de diciembre o de media en el último trimestre |
| Valores y seguros | Acciones, bonos, fondos de inversión, seguros de vida y rentas fuera de España | El valor conjunto supera 50.000 € a 31 de diciembre |
| Inmuebles | Inmuebles situados fuera de España | El valor de adquisición conjunto supera 50.000 € |
| Criptoactivos (Modelo 721) | Criptomonedas custodiadas por plataformas fuera de España | El valor supera 50.000 € a 31 de diciembre |
Las sanciones tras
la sentencia de 2022
En enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la UE declaró (asunto C-788/19) que las sanciones originales del Modelo 720 eran desproporcionadas.
La Ley 5/2022 eliminó las multas fijas de 5.000 € por dato, la sanción del 150 % y la regla que trataba los bienes no declarados como renta no declarada sin límite de prescripción. Hoy, las declaraciones tardías o incorrectas se rigen por el régimen sancionador general de las declaraciones informativas. La obligación de presentarlo no ha cambiado.
Quién está exento
Quien tributa por la Ley Beckham, en general, no tiene que presentarlo, ni tampoco los no residentes.
Quién declara
No solo los titulares: también los autorizados, los beneficiarios y cualquiera con poder de disposición sobre la cuenta o el bien.
Última revisión: octubre de 2026, equipo de Easy2Spain. Fuentes: Agencia Tributaria · Modelos 720 y 721, BOE · Ley 5/2022, TJUE · Asunto C-788/19. Esta página es información general, no asesoramiento para tu caso concreto.
¿No sabes si tienes que presentar el Modelo 720?
Escríbenos: tu especialista revisa gratis tu situación y te dice exactamente qué se aplica en tu caso.
Preguntas frecuentes sobre
el Modelo 720
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